La primera sala de la Suprema Corte ratificó, casi en su totalidad, el fallo dictado en contra de Toyota Motor Sales de México y Distribuidores Toyota de México por usar “Jesús es verbo no sustantivo”.
Y es qué, aunque la marca toyota no explotó en su totalidad la letra de la canción, sí la modificó y utilizó dicha melodía para una campaña publicitaria en 2014 “Toyotathon”
Aunque en un principio Ricardo Arjona estableció una demanda civil por daño moral, así como violaciones a la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA), esta resultó desestimada por el juez, sin embargo en 2021 el autor solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) evaluar la demanda contra Toyota, fue entonces que el ministro Mario Pardo Rebolledo aprobó lo siguiente:
“Esta primera sala considera que efectivamente existió una alteración a la obra original ‘Jesús es Verbo No Sustantivo’, cuya autoría se atribuya a Ricardo Arjona, por lo que debe otorgarse valor probatorio pleno a dictamen emitido por el perito designado por el actor, no así por lo que hace al rendido por el perito de Toyota”
El único punto que no avalaron los ministros de la SCJN fue respecto al monto de indemnización, ya que la resolución del Tribunal ordenaba que la compañía automotriz tenía que pagar a Arjona el 40 por ciento de ingresos generados por las ventas de los modelos vendidos durante esa campaña, en el periodo que va de octubre a diciembre de 2014.
Sin embargo el monto real será determinado con base en la Ley Federal de Derechos de Autor por un tribunal unitario, de acuerdo con la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
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