Con la implementación de la nueva Ley de Movilidad del estado de Quintana Roo, esta ha traído algunas polémicas, tal como lo es por ejemplo, el pedir a los socios o prestadores de servicios de plataformas digitales de servicio de transporte, diversa y amplia documentación, como por ejemplo la carta de antecedentes no penales, entre otros requisitos, los que pueden llegar a ser considerados como “denigrantes”.
Razón por la cual, será la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), la que presente la demanda ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pues señala que estas medidas atentan contra la dignidad humana y se puede considerar discriminatorias, pues ya que en el caso de no poder contar con este papel, no podrán trabajar en esta plataforma.
Caber recordar que fue el pasado 8 de junio, cuando la plataforma Uber ganó uno de los diez amparos interpuestos contra la Ley de Movilidad, ya que de acuerdo Uber Eats, subsidiaría que se encarga del servicio de delivery, mencionó que esta aplicación tendría que pagar 1.5 % del total de cada viaje al Estado, lo que se consideran pérdidas tanto para la plataforma, así como para los socios de las mismas, quienes de por sí tienen una situación precaria.
“A juicio de este organismo nacional, dicha disposición resulta incompatible con el parámetro de regularidad constitucional, toda vez que es desproporcionada y claramente sobre inclusiva, pues tiene por efecto excluir de forma injustificada a un sector de la población de la posibilidad de desempeñarse como conductora de un servicio de transporte de pasajeros, en contravención al derecho de igualdad y no discriminación y a la liberta de trabajo”, se lee en otro párrafo.
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