Un juez penal del Sistema Oral dictó una sentencia de 140 años de prisión en contra de Pedro “N”, acusado del delito de violación en agravio de una menor, quien resulto ser su hija a la cual comenzó a ultrajar cuando tenía apenas 5 años, así lo informó la Fiscalía General del Estado (FGE).
Durante la audiencia del proceso judicial, la Fiscalía Especializada en Delitos contra la Libertad Sexual y el Libre Desarrollo de la Personalidad, entregó las pruebas suficientes que acreditaron la responsabilidad del sentenciado, quien, entre febrero de 2015 y septiembre de 2021, cometió este delito en cuatro ocasiones, al interior de unas palapas de una localidad al sur de la entidad.
En el transcurso de las declaratorias, la Fiscalía indicó que el acusado, Pedro “N” se “aprovechó la cercanía familiar y parentesco con la víctima, además de amenazarla, violentarla física y psicológicamente para cometer este delito”.
Luego de las pruebas aportadas, el juez dictó la sentencia condenatoria de 35 años por cada delito cometido, siendo un total de 140 años de prisión por los cuatro hechos constitutivos de delito de violación.
Por último, al sentenciado se le impuso que deberá pagar una multa de 762 mil 660 pesos, así como cubrir los gastos de la reparación del daño moral en los aspectos cuantitativo y cualitativo.
A pesar de que el hombre identificado como Felipe Javier ‘N’ fue vinculado a proceso por el supuesto delito de abuso sexual en contra de dos menores, un juez ordenó su liberación y por lo tanto tendrá que acudir a firmar de forma periódica ante el Juzgado Penal de la ciudad de Chetumal.
Se deber recordar que Felipe Javier ‘N’ fue detenido hace un par de días, por elementos de la Policía de Investigación del Estado cuando caminaba por una céntrica calle de la capital del estado.
Sin embargo, ayer la Fiscalía General del Estado (FGE) informó que esta persona fue vinculada a proceso por su probable participación en el delito de abuso sexual en agravio de dos niñas, hecho que se registró el 3 de julio del 2022 en el municipio de Othón P. Blanco.
El imputado, quien aprovechó la cercanía y relación familiar para cometer el supuesto ilícito, recibió de un juez las medidas cautelares para “salir libre” siempre y cuando cumpla con acudir a la firma periódica y no salga del municipio de Othón P. Blanco. Señalando además que en caso de que el individuo no acuda a firmar en el Juzgado Penal, se le librará la orden de reaprehensión.
De acuerdo al Artículo 129 del Código Penal de la entidad, este indica que a quien sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula ejecute en ella un acto sexual o lo obliguen a ejecutarlo, se le impondrá de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días multa.
Con información de De Peso Quintana Roo.
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