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Expropian mil 521 hectáreas en Carrillo Puerto, en favor de Sedena para Aeropuerto de Tulum

De acuerdo al decreto se detalla que según los avalúos realizados se determinó que el monto de la indemnización de la superficie expropiada es de 433 millones 515 mil pesos

El gobierno federal encabezado por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública la superficie de mil 521.1 hectáreas de terrenos de temporal de uso común del ejido “Chunyaxché y anexos” del municipio de Felipe Carrillo Puerto, en el estado de Quintana Roo, esto en favor de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), para destinarla a la construcción de la Base Aérea Militar y el Aeropuerto Internacional de Tulum.

En este decreto publicado, se detalla que de acuerdo a los avalúos realizados por el instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, se determinó que el monto de la indemnización con base en el valor comercial de la superficie expropiada es de 433 millones 515 mil pesos.

Además en el documento oficial, se aclara que derivado del convenio de ocupación previa, la Sedena depositó ante el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal, las cantidades de 342 millones y 91 millones 526 mil 422 pesos con 18 centavos, con lo que acreditó el pago total de la indemnización.

“Que la superficie de 1,521-10-69 hectáreas de terrenos de temporal de uso común, pertenecientes al ejido “Chunyaxché y anexos”, pertenecientes al municipio de Felipe Carrillo Puerto en el estado de Quintana Roo, se solicitó para destinarse a la construcción de la Base Aérea Militar y el Aeropuerto Internacional de Tulum, Quintana Roo.

Como consecuencia, se acreditan las causas de utilidad publicas del establecimiento, explotación o conservación de un servicio o función públicos; “la construcción de Puentes carreteras, ferrocarriles y demás obras que faciliten el transporte, y la de la defensa nacional, previstas en el artículo 93, fracciones I y VII, 94, de la Ley Agraria, y 1º., fracciones I y VI, de la Ley de Expropiación”, explica el Decreto.

Con información de El Universal
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