A partir de hoy, la recién implementada Ley Home Office entra en acción, marcando un hito en la regulación de empleados que desempeñan sus labores a distancia. Publicada en el Diario Oficial de la Federación en junio de este año bajo la NOM-37-STPS.
Esta ley busca garantizar condiciones óptimas de seguridad y salud en el trabajo, aplicándose a nivel nacional para aquellos que cubren el 40% de sus funciones bajo esta modalidad.
Si eres uno de los empleados que realiza sus tareas desde casa, tu empleador está obligado a proporcionarte:
- Una silla ergonómica o adecuada para las actividades que realizas.
- Insumos necesarios para llevar a cabo tus labores, como impresora y tinta, tableta o celular.
- Pago proporcional por el consumo de internet y energía eléctrica.
- Capacitación anual sobre las condiciones de salud relacionadas con el home office.
La ley también destaca el “derecho a la desconexión” al finalizar la jornada laboral y durante pausas convenidas, respetando así el equilibrio entre vida laboral y personal.
El trabajador, por su parte, tiene la responsabilidad de cuidar los equipos y materiales proporcionados, así como informar sobre cualquier cambio de domicilio temporal o definitivo acordado previamente.
Además, goza de los mismos derechos que los trabajadores presenciales, incluyendo la sindicalización, negociación colectiva y comunicación con sus compañeros.
Cabe señalar que el home office puede ser revertido en caso de alteraciones en las condiciones de seguridad y salud que justifiquen el retorno al trabajo presencial.
Este cambio refleja una tendencia creciente, con más empresas adoptando esta modalidad laboral en busca de un equilibrio entre productividad y bienestar de los empleados.