En los últimos días, y sin avisar a las autoridades municipales, Playaparq y Biciparq, nombres comerciales de la empresa Promotora de Reordenamiento Urbano, dejaron de prestar el servicio de bicicleta compartida en la zona concesionada de la ciudad, y otros puntos, como Plaza Las Américas.
Con esto, pone en riesgo la continuidad de su concesión y, de entrada, las autoridades municipales tendrán que establecer una sanción económica por dejar de prestar este servicio, como establece la concesión otorgada con número HAS/OM/CON/LRP/001/2018.


El documento, en poder de Playa al Día, establece claramente la definición del Sistema de Bicicleta Compartida, la cual se pone a disposición de los usuarios mediante el pago por uso. En consecuencia, como establece el objeto del título-concesión, el concesionario podrá hacer uso y aprovechamiento de los bienes del dominio público para la instalación puesta en marcha y operación del Sistema de Movilidad Integral, que incluye el sistema de bicicletas compartidas y la operación de los parquímetros.

En cuanto a las obligaciones del concesionario, como se puede apreciar en el inciso “f”, indica que debe mantener en óptimas condiciones todo el mobiliario, equipo, señalética y en general todos los dispositivos tecnológicos o físicos que necesite el Sistema para garantizar la correcta explotación del bien público concesionado; es decir, no solo los parquímetros, también las bicicletas.
Destaca en el Décimo cuarto punto, sobre la Terminación de la Concesión, son causas de extinción del título de concesión en su párrafo séptimo, “por imposibilidad de la realización del objeto de la concesión”.


De igual modo, se puede leer, procede la revocación del título de concesión en el caso que no se cumpla con las obligaciones que deriven del presente título-concesión o se presten irregularmente los servicios objeto del mismo en forma reiterada y no se subsanen esas deficiencias en el plazo de 30 días naturales a que refiere la condición Décimo sexta.
También resalta el Décimo quinto punto, sobre otras causales de revocación, que en su inciso “g” establece que suspender injustificadamente el uso y aprovechamiento objeto del presente título de concesión será motivo para revocar el acuerdo.
En el Décimo octavo punto, sobre las sanciones, destaca que en caso de que el concesionario no lleve a cabo la operación del Sistema de Parquímetros y el Sistema de Bicicletas Compartidas, se obliga a pagar al Municipio una indemnización por un monto igual a los ingresos equivalentes o estimados que se hubieran obtenido durante un año de operación de esos Sistemas.




Es decir, al no prestar el servicio de bicicletas compartidas, la Promotora de Reordenamiento Urbano desde ahora debe ser sancionada pues también, cabe hacer mención del Vigésimo séptimo punto del título de concesión que establece la aceptación incondicional; es decir, “el concesionario acepta incondicionalmente la totalidad de los términos y condiciones en el presente título concesión”, se puede leer.
El entonces apoderado legal de la empresa Promotora de Reordenamiento Urbano, Diego Gracidas Martínez fue quien firmó de conformidad para hacer válido este título de concesión que tiene una vigencia hasta el año 2030.

Cabe mencionar, el sexto regidor, presidente de la Comisión de Movilidad, Javier Renán Santos Morales, dio a conocer que a la fecha la empresa no ha presentado ningún informe para justificar la ausencia de estas bicicletas, en los puntos establecidos donde cuentan con un deck para estacionarlas.
No hay que olvidar, el malestar ciudadano que ha generado el pago de estacionamiento en la vía pública, sobre todo por la colocación de inmovilizadores o arañas, como se les conoce.
Pero además, gracias a esta concesión, ninguna otra empresa puede ofrecer el mismo servicio de rentar bicicletas para que la gente pueda desplazarse.






